Validación de la Cédula de Operación

Secretaria del Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad
Tiempo de Respuesta: 10 Días hábiles Costo: 0.00 - 0.00

Modalidad: Personas físicas o morales
Descripción: Validación de la Cédula de Operación
Requisitos que debes presentar
Requisitos
Descripción
1-Datos del propietario
Acreditar la titularidad de los datos personales
* Los documentos requeridos deberán presentarse en original para su cotejo.
Formatos descargables

No hay formato disponible

  • Costo:
  • 0.00 - 0.00

  1. - El solicitante deberá ingresar a la Plataforma Nacional de Transparencia y seleccionar el icono Solicitudes. Si ya es usuario de la Plataforma accede con sus datos, si no, tendrá que crear una cuenta con nombre de usuario y contraseña.
  2. - El solicitante deberá ingresar a la Plataforma Nacional de Transparencia y seleccionar el icono Solicitudes. Si ya es usuario de la Plataforma accede con sus datos, si no, tendrá que crear una cuenta con nombre de usuario y contraseña.
  3. - El solicitante recibe respuesta y en caso de que requiera copias certificadas o respaldo en algún medio magnético o digital de dicha información, deberá realizar el pago correspondiente.
  4. - El interesado debe ingresar a la Plataforma Nacional de Transparencia en el siguiente link: https://www.plataformadetransparencia.org.mx/; una vez en la página principal, debe seleccionar el icono Solicitudes. Si ya es usuario de la Plataforma accede con sus datos, si no, tendrá que crear una cuenta con nombre de usuario y contraseña.
  5. - El Solicitante selecciona la opción de datos personales, requisita el cuestionario para generar la solicitud, selecciona el tipo de derecho que desea ejercer (ya sea de acceso, rectificación, cancelación u oposición) y completa los datos requeridos. Finalmente, envía la solicitud y guarda el acuse respectivo para el seguimiento de la misma.
  6. - Una vez que el Solicitante ingresa al Sistema de Solicitudes de Información deberá buscar el icono Solicitud de Derechos ARCO, y requisitar la siguiente información: a. Datos del Titular y tipo de derecho a ejercer; b. Seleccionar el Estado donde se ubica la Institución a la que se solicita la información; c. Nombre de la Institución a la que se le solicita la información; d. Describir con claridad el detalle de la solicitud; e. Datos que faciliten la búsqueda y eventual localización de la información; f. Adjunta de forma opcional un archivo que sea de utilidad para la búsqueda; g. Indicar a que persona corresponden los datos; h. Seleccionar el medio para recibir notificaciones; i. En su caso ingresa la circunstancia socioeconómica para exentar el pago por reproducción y/o envío; i. Selecciona el formato en el que desea recibir la información solicitada; j. De forma opcional completar los datos estadísticos; k. En caso de requerir apoyo por alguna discapacidad o necesitar apoyo para traducción de lenguas indígenas, selecciona la pestaña de accesibilidad y lenguas indígenas. Asimismo deberá leer y seleccionar la conformidad con el Aviso de privacidad y dar click en el botón de envío de la solicitud.
  7. - El Solicitante selecciona la opción de datos personales, requisita el cuestionario para generar la solicitud, selecciona el tipo de derecho que desea ejercer (ya sea de acceso, rectificación, cancelación u oposición) y completa los datos requeridos. Finalmente, envía la solicitud y guarda el acuse respectivo para el seguimiento de la misma.
  8. - La Unidad de Transparencia, recibe la solicitud, realiza el análisis del derecho a ejercer y determina si se actualiza alguno de los siguientes supuestos: A) Si los datos contenidos fuesen insuficientes o erróneos, se previene al solicitante y le requiere que se aporte más elementos o se corrijan los datos proporcionados. B) Si se advierte que la solicitud corresponde a un derecho diferente al de protección de datos personales, la Unidad de Transparencia notifica al solicitante y reconduce la solicitud.
  9. - Una vez recibida la solicitud de información por el Sistema de Solicitudes de Información de la Plataforma Nacional de Transparencia, se genera un Acuse de la Solicitud de Datos Personales, y de forma automática se comunica al Sujeto Obligado de la presentación de la Solicitud de Información.
  10. - Una vez recibida la solicitud de información por el Sistema de Solicitudes de Información de la Plataforma Nacional de Transparencia, se genera un Acuse de la Solicitud de Datos Personales, y de forma automática se comunica al Sujeto Obligado de la presentación de la Solicitud de Información.
  11. - La Unidad de Transparencia, recibe la solicitud, realiza el análisis del derecho a ejercer y determina si se actualiza alguno de los siguientes supuestos: A) Si los datos contenidos fuesen insuficientes o erróneos, se previene al solicitante y le requiere que se aporte más elementos o se corrijan los datos proporcionados. B) Si se advierte que la solicitud corresponde a un derecho diferente al de protección de datos personales, la Unidad de Transparencia notifica al solicitante y reconduce la solicitud.
  12. - Una vez recibida la solicitud de ejercicio de derechos ARCO, el Responsable de la Unidad de Transparencia, realiza el análisis del derecho a ejercer y determina si se actualiza alguno de los siguientes supuestos: A. Si los datos contenidos fuesen insuficientes o erróneos, se previene al solicitante y le requiere que se aporte más elementos o se corrijan los datos proporcionados. B. Si se advierte que la solicitud corresponde a un derecho diferente al de protección de datos personales, la Unidad de Transparencia notifica al solicitante y reconduce la solicitud.
  13. - El solicitante recibe la prevención por parte de la Unidad de Transparencia y complementa los requisitos omitidos en la solicitud de ejercicio de los derechos ARCOP. En caso de que la o el solicitante no cumpla con dicha prevención, la solicitud se tendrá como no presentada.
  14. - Una vez que la solicitud de ejercicio de los derechos ARCOP cumple con los requisitos establecidos por las Leyes en la materia, la Unidad de Transparencia la tiene por admitida, por lo cual gestionará el seguimiento al interior del Sujeto Obligado y notificando la respuesta al solicitante.
  15. - El solicitante recibe la prevención por parte de la Unidad de Transparencia y complementa los requisitos omitidos en la solicitud de ejercicio de los derechos ARCOP. En caso de que la o el solicitante no cumpla con dicha prevención, la solicitud se tendrá como no presentada.
  16. - El solicitante recibe la prevención por parte de la Unidad de Transparencia y complementa los requisitos omitidos en la solicitud de ejercicio de los derechos ARCOP. En caso de que la o el solicitante no cumpla con dicha prevención, la solicitud se tendrá como no presentada.
  17. - Una vez que la solicitud de ejercicio de los derechos ARCOP cumple con los requisitos establecidos por las Leyes en la materia, la Unidad de Transparencia la tiene por admitida, por lo cual gestionará el seguimiento al interior del Sujeto Obligado y notificando la respuesta al solicitante.
  18. - Una vez que la solicitud de ejercicio de los derechos ARCOP cumple con los requisitos establecidos por las Leyes en la materia, la Unidad de Transparencia la tiene por admitida, por lo cual gestionará el seguimiento al interior del Sujeto Obligado y notificando la respuesta al solicitante.
  19. - El solicitante recibe respuesta y en caso de que requiera copias certificadas o respaldo en algún medio magnético o digital de dicha información, deberá realizar el pago correspondiente.
  20. - El solicitante recibe respuesta y en caso de que requiera copias certificadas o respaldo en algún medio magnético o digital de dicha información, deberá realizar el pago correspondiente.

Presencial

  1. - El solicitante deberá acudir al domicilio de la Unidad de Transparencia del Hangar Oficial para la presentación de la solicitud de derechos ARCOP, llevando la documentación que compruebe la titularidad de datos
  2. - El Sujeto Obligado ayuda al solicitante a realizar la solicitud en la Plataforma Nacional de Transparencia, solicita correo electrónico o medio en el que le va notificar al interesado e integra la documentación que trae el solicitante
  3. - El Sujeto Obligado recibe la solicitud y gestiona la misma al interior del Sujeto Obligado
  4. - El Sujeto Obligado entrega la respuesta en los medios que haya requerido el solicitante.
  5. - El solicitante recibe la respuesta
Oficinas de Atención y Contacto
Módulos autorizados y delegaciones regionales disponibles para completar su trámite.

Responsable de la Unidad
Daniel Victor Merlín Tolentino
Director Jurídico
Atención y Contacto
CORREO ELECTRÓNICO
transparencia.hangar@gmail.com
TELÉFONO DE CONTACTO
(951) 143-8609
Horario de Atención
  • Lunes 09:30 a 15:30
Ubicación Física

SIN NOMBRE, No. Int S/N, No. Ext S/N, Santa Cruz Xoxocotlán, 71230, Aeropuerto de Oaxaca, Oaxaca, Tel: (951) 143-8609

¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • 1.-Algunas de sus aplicaciones son: Generar información anual actualizada sobre emisiones, manejo y transferencia de contaminantes. Dar seguimiento a la operación del establecimiento. Actualizarlas bases de licenciamiento. Apoyar la toma de decisiones en materia de protección ambiental. Contribuir a la formulación de criterios y políticas ambientales. Promover el uso de tecnologías limpias y la detección de problemas ambientales. Con procedimientos y capacidades adecuados, la base de datos generada a partir de la Cédula de Operación Anual ofrece la posibilidad de establecer elementos de información respecto a: Cantidades de emisión y transferencia de las sustancias a los diferentes medios (aire, agua, suelos). Cantidades de transferencias de las sustancias fuera del establecimiento, sea para su tratamiento, reciclaje, reutilización, disposición final o incineración. Actividades de control y prevención de la contaminación, así como proyecciones de los volúmenes de contaminación para el siguiente periodo de reporte. 2.- Por lo que respecta a la resolución del trámite, el plazo máximo legalmente establecido es de 45 días hábiles de conformidad con el artículo 40 de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca; sin embrago, la resolución del trámite se considera realizarla en un plazo máximo de 39 días hábiles, esta resolución se puede realizar aún en menor tiempo, considerando la carga de trabajo que maneja el área administrativa y la variante del recurso humano, es decir que la misma realizará todas las acciones necesarias para brindarle al solicitante una resolución más pronta a su trámite.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 10 Días hábiles
  • Fundamento jurídico
  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución)
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 5 Días hábiles
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 10 Días hábiles
  • Fundamento jurídico
  • Fundamento jurídico

Vigencia:
No aplica
Observaciones:
Sin observaciones
Fundamento jurídico:

    • -Interesado
    • -Tercero con carta poder
    • -Representante legal

    Número de solicitudes aceptadas:
    26
    Número de solicitudes rechazadas: