Otorgamiento de pensión por fallecimiento de un Integrante, del Fondo de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales

Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Tiempo de Respuesta: 6 Días hábiles Costo: Gratuito

Modalidad: Persona física
Descripción: Otorgamiento de pensión por fallecimiento de un Integrante, del Fondo de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales
Requisitos que debes presentar
Requisitos
Descripción
1-Escrito libre o solicitud verbal
Petición que se realiza de manera escrita legible ante la entidad pública/Petición que se realiza de manera oral ante la entidad pública.
* Los documentos requeridos deberán presentarse en original para su cotejo.
Formatos descargables

No hay formato disponible

  • Costo: Gratuito

Presencial

  1. - El interesado remite solicitud mediante escrito libre o de manera verbal al Patronato de Ayuda para la Reinserción Social.
  2. - Servidor Público proporciona asesoría de acuerdo a lo solicitado por el interesado.
  3. - La persona interesada recibe asesoría.
Oficinas de Atención y Contacto
Módulos autorizados y delegaciones regionales disponibles para completar su trámite.

Responsable de la Unidad
Angelines López Fuentes
Encargada de la Unidad de Transparencia.
Atención y Contacto
CORREO ELECTRÓNICO
angelines.lopez@sspo.gob.mx
TELÉFONO DE CONTACTO
(951) 513-7376
Horario de Atención
  • Lunes 09:00 a 15:00
  • Martes 09:00 a 15:00
  • Miércoles 09:00 a 15:00
  • Jueves 09:00 a 15:00
  • Viernes 09:00 a 15:00
Ubicación Física

14 de julio, No. Ext 107, Surcos Largos, N/A, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Tel: (951) 513-7376

¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • El derecho a disfrutar de pensión por fallecimiento concluye: - Para los hijos de los integrantes que hayan pasado a ser pensionistas, al cumplir dieciocho años de edad; a menos que se trate de incapacitados, o continúen sus estudios de acuerdo a su edad; - Para la viuda (o), si vuelve a contraer nupcias o viviera en concubinato; - Para la divorciada (o), por resolución judicial, por contraer nuevas nupcias, por vivir en concubinato, y - Para la concubina (o) si contraen nupcias, viven en nuevo concubinato o por resolución judicial.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 6 Días hábiles
  • Fundamento jurídico
  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) 1. Recepción de la solicitud. 2. Revisión documental y verificación de requisitos. Si hay inconsistencias o falta documentación, se notifica al solicitante dentro de un plazo de 10 días hábiles. 3. Análisis y elaboración del dictamen. 4. Presentación del dictamen al Comité Técnico. 5. Notificación de la resolución: - Si es aprobada, se le informa el procedimiento para comenzar a recibir la pensión. - Si es rechazada, se le entrega la justificación por escrito y los pasos a seguir si desea impugnar la decisión. 6. Registro y pago de la pensión. NOTA: Se verifica que, al momento de su fallecimiento, el integrante cumpla con los requisitos establecidos para obtener alguna de las pensiones siguientes: por jubilación, por edad y tiempo de servicio o por cesantía en edad avanzada.
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 4 Días hábiles
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles
  • Fundamento jurídico
  • Fundamento jurídico

Vigencia:
No aplica
Observaciones:
Sin observaciones
Fundamento jurídico:

    • -Otro

    Número de solicitudes aceptadas:
    4
    Número de solicitudes rechazadas: