Actualización de Licencia de Funcionamiento

Secretaría del Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad

Modalidad: Personas físicas o morales
Descripción: Posibles cambios o modificaciones de la obra o actividad autorizada en la Licencia de Funcionamiento
Requisitos
Descripción
¿Debo presentar original?
¿Cuantas copias debo presentar?
1-Oficio de solicitud
Oficio de solicitud de posibles cambios o modificaciones de la obra o actividad autorizada en la Licencia de Funcionamiento
Si
1
Formatos
Formato Requerido:
  • Costo: 120.00 Actualización (UMA)

Presencial

  1. - Presentar un escrito de cambios o modificaciones de la obra o actividad, autorizada en la Licencia de Funcionamiento Ambiental.
  2. - Una vez entregada la información, se procede a analizar por parte del Departamento de Calidad del Aire .
  3. - En caso de ser procedente se le notificará al solicitante la resolución de la Licencia de Funcionamiento Ambiental.
  4. - Una vez analizada la información y en caso de ser necesario, se le requerirá al solicitante por medio de los contactos que haya anexado, la información adicional, en caso de que no requiera información complementaria, se procederá a la evaluación de la actualización de la Licencia de Funcionamiento Ambiental.
Departamento de Calidad del Aire
  • Carretera Internacional Oaxaca Istmo, No. Int Edificio 5, nivel 3, No. Ext km 11.5, Tlalixtac de Cabrera, 68270, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, Tel: (951) 501-5000
Horario de Atención
  • Lunes 09:30 a 15:30
Nombre:
Joaquin González Santiago
Cargo:
Jefe de Departamento de Calidad del Aire
Correo:
joaquin.gonzalez@oaxaca.gob.mx
Teléfono:
(951) 501-5000 Extensión: 12515
Dirección:
No disponible

¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • 1.-Si con anterioridad a que se dicte la resolución se presentan cambios o modificaciones en el proyecto objeto de la solitud de Licencia de Funcionamiento , el interesado deberá dar aviso de esta situación por escrito a la Secretaría , para determinar si procede o no la presentación de una nueva solicitud. 2.- Por lo que respecta a la resolución del trámite, el plazo máximo legalmente establecido es de 45 días hábiles de conformidad con el artículo 40, fracción III de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca; sin embrago, la resolución del trámite se considera realizarla en un plazo máximo de 40 días hábiles, esta resolución se puede realizar aún en menor tiempo, considerando la carga de trabajo que maneja el área administrativa y la variante del recurso humano, es decir que la misma realizará todas las acciones necesarias para brindarle al solicitante una resolución más pronta a su trámite.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 27 Días hábiles
  • Fundamento jurídico
  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución)
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 8 Días hábiles
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles
  • Fundamento jurídico
  • Fundamento jurídico

Vigencia:
No aplica
Observaciones:
Sin observaciones
Fundamento jurídico:

    • -Representante legal

    Número de solicitudes aceptadas:
    2
    Número de solicitudes rechazadas: